JUECES PARA LA DEMOCRACIA ANTE LA HUELGA GENERAL
Cedo con suma satisfacción esta entrada al manifiesto de JUECES para LA DEMOCRACIA respecto a la HUELGA GENERAL DEL 29 M, donde se explicitan los motivos por los que dan su apoyo a este derecho que todos los españoles nos hemos dado en la Carta Magna de 1978, art. 28.2.
Jueces para la Democracia ante la convocatoria de Huelga
General contra la Reforma Laboral.
Jueces para la Democracia considera que la aprobada reforma
del mercado laboral constituye uno de los mayores ataques al derecho del
trabajo y a las instituciones laborales a partir de la aprobación del Estatuto
de los Trabajadores y materializa una reforma ofensiva, regresiva, reaccionaria
y profundamente injusta.
La reforma introduce los elementos necesarios para modificar
sustancialmente los contratos de trabajo en el sector privado y público,
consistentes en dotar al empresario de facultades para alterar el salario,
jornada, horario, movilidad funcional y geográfica pactados en el contrato
individual
Así mismo, establece posibilidades de descuelgue de los
convenios colectivos, en lo que se refiere, no solo al salario, sino a la
totalidad de la negociación pactada en el convenio y profundiza en la desigualdad entre las partes del contrato de
trabajo, debilitando paralelamente el papel compensador que constitucionalmente
se ha atribuido a los Sindicatos y a la
negociación colectiva, así como a la tutela judicial: los Jueces de la
Jurisdicción Social ya no podrán valorar la razonabilidad o proporcionalidad de
las medidas adoptadas por la empresa.
La reforma refuerza el poder unilateral del empresario y
puede provocar la sangrante opción de muchos trabajadores entre ver reducida su
retribución y demás condiciones de trabajo (mayor jornada, distribución
irregular de la misma por el empresario, polivalencia de funciones, etc.) y la
protección social futura o engrosar la estadística de desempleados.
La nueva regulación limita, una vez más, las facultades del
juzgador para valorar la finalidad y/o razonabilidad, de la extinción por
causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, reduciendo el
margen de tutela judicial ante el despido y
desincentivará el ejercicio por el trabajador de reclamaciones
judiciales, con degradación de la causalidad en el despido contraria al derecho
constitucional al trabajo que consagra el art. 35 de la Constitución Española
que integra el derecho a no ser despedido sin justa causa, lo que nos sitúa
también al margen de los compromisos asumidos por España con la ratificación del Convenio 158
de la OIT.
Nuestra obligación como jueces garantes de los derechos
fundamentales de los trabajadores es continuar aplicando las leyes laborales
conforme a los principios y valores constitucionales, poniendo freno a los
posibles abusos que tan amplias posibilidades de disposición del contrato de trabajo
que se otorgan al empresario.
Por todo ello, Jueces para la Democracia quiere expresar su
solidaridad con los trabajadores en el ejercicio de sus reivindicaciones,
manifestando su apoyo a la Huelga General convocada por los Sindicatos para el
día 29 de Marzo de 2012.
El Secretario.
15 de marzo de
2012
No comprendo que tratándose de una reforma en contra de la legalidad de la Constitución y de la OIT, no se hay recurrido inmediatamente ese conjunto de normas tan nefasto. ¿No hay nadie que sepa algo de los procedimientos para poner en marcha el recurso y revocar esas aberraciones???
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